{"id":7754,"date":"2011-09-23T19:23:25","date_gmt":"2011-09-23T19:23:25","guid":{"rendered":"http:\/\/www.juanxxiii.e12.ve\/home\/?page_id=7754"},"modified":"2011-09-23T19:26:14","modified_gmt":"2011-09-23T19:26:14","slug":"derechos-de-la-comunidad-educativa","status":"publish","type":"page","link":"https:\/\/juanxxiii.e12.ve\/home\/manual-de-convivencia\/derechos-de-la-comunidad-educativa","title":{"rendered":"Derechos de la Comunidad Educativa"},"content":{"rendered":"<p><strong>Derechos de los Alumnos<\/strong><\/p>\n<p>Los siguientes art\u00edculos expresan directamente de acuerdo con la LOPNA y la LOE los derechos de los alumnos <\/p>\n<p>Art\u00edculo 28. Derecho al Libre Desarrollo de la Personalidad. Todos los ni\u00f1os y adolescentes tienen derecho al libre y pleno desarrollo de su personalidad, conforme a las normas establecidas en el plantel. <\/p>\n<p>Art\u00edculo 31. Derecho al Ambiente. Todos los ni\u00f1os y adolescentes tienen derecho a un ambiente sano y ecol\u00f3gicamente equilibrado, as\u00ed como a la preservaci\u00f3n y disfrute del paisaje. <\/p>\n<p>Art\u00edculo 32. Derecho a la Integridad Personal. Todos los ni\u00f1os y adolescentes tienen derecho a la integridad personal. Este derecho comprende la integridad f\u00edsica, s\u00edquica y moral. <\/p>\n<p>Par\u00e1grafo Primero: Los ni\u00f1os y adolescentes no pueden ser sometidos a torturas, ni a otras penas o tratos crueles, inhumanos o degradantes. <\/p>\n<p>Art 36 Derechos Culturales de las Minor\u00edas. Todos los ni\u00f1os y adolescentes tienen derecho a tener su propia vida cultural, a profesar y practicar su propia religi\u00f3n o creencias y a emplear su propio idioma, especialmente aquellos pertenecientes a minor\u00edas \u00e9tnicas, religiosas, ling\u00fc\u00edsticas o ind\u00edgena conforme a la normativa interna del plantel. <\/p>\n<p>Art\u00edculo 53. Derecho a la Educaci\u00f3n. Todos los ni\u00f1os y adolescentes tienen derecho a la educaci\u00f3n.<br \/>\nAsimismo, tienen derecho a ser inscritos y recibir educaci\u00f3n en una escuela, plantel o instituto oficial, de car\u00e1cter gratuito y cercano a su residencia. <\/p>\n<p>Art\u00edculo 55. Derecho a Participar en el Proceso de Educaci\u00f3n. Todos los ni\u00f1os y adolescentes tienen el derecho a ser informados y a participar activamente en su proceso educativo. El mismo derecho tienen los padres, representantes o responsables en relaci\u00f3n al proceso educativo de los ni\u00f1os y adolescentes que se encuentren bajo su patria potestad, representaci\u00f3n o responsabilidad. <\/p>\n<p>Art\u00edculo 56. Derecho a Ser Respetado por los Educadores. Todos los ni\u00f1os y adolescentes tienen derecho a ser respetados por sus educadores y compa\u00f1eros de clases.<\/p>\n<p>Art\u00edculo 63. Derecho al Descanso, Recreaci\u00f3n, Esparcimiento, Deporte y Juego. Todos los ni\u00f1os y adolescentes tienen derecho al descanso, recreaci\u00f3n, esparcimiento, deporte y juego. <\/p>\n<p>Art\u00edculo 65. Derecho al Honor, Reputaci\u00f3n, Propia Imagen, Vida Privada e Intimidad Familiar. Todos los ni\u00f1os y adolescentes tienen derecho al honor, reputaci\u00f3n y propia imagen. Asimismo tienen derecho a la vida privada e intimidad de la vida familiar. Estos derechos no pueden ser objeto de injerencias arbitrarias o ilegales. <\/p>\n<p>Par\u00e1grafo Primero: Se proh\u00edbe exponer o divulgar, a trav\u00e9s de cualquier medio, la imagen de los ni\u00f1os y adolescentes contra su voluntad o la de sus padres, representantes o responsables. Asimismo, se proh\u00edbe exponer o divulgar datos, im\u00e1genes o informaciones, a trav\u00e9s de cualquier medio, que lesionen el honor o la reputaci\u00f3n de los ni\u00f1os y adolescentes o que constituyan injerencias arbitrarias o ilegales en su vida privada o intimidad familiar. <\/p>\n<p>Par\u00e1grafo Segundo: Est\u00e1 prohibido exponer o divulgar, por cualquier medio, datos, informaciones o im\u00e1genes que permitan identificar, directa o indirectamente, a los ni\u00f1os y adolescentes que hayan sido sujetos activos o pasivos de hechos punibles, salvo autorizaci\u00f3n judicial fundada en razones de seguridad u orden p\u00fablico. <\/p>\n<p>Art\u00edculo 66. Derecho a la Inviolabilidad del Hogar y de la Correspondencia. Todos los ni\u00f1os y adolescentes tienen derecho a la inviolabilidad de su hogar y de su correspondencia de conformidad con la Ley. <\/p>\n<p>Art\u00edculo 67. Derecho a la Libertad de Expresi\u00f3n. Todos los ni\u00f1os y adolescentes tienen derecho a expresar libremente su opini\u00f3n y a difundir ideas, im\u00e1genes e informaciones de todo tipo, sin censura previa, ya sea oralmente, por escrito, en forma art\u00edstica o por cualquier otro medio de su elecci\u00f3n, sin m\u00e1s l\u00edmites que los establecidos en la Ley para la Protecci\u00f3n de sus derechos, los derechos de las dem\u00e1s personas y el orden p\u00fablico. <\/p>\n<p>Art\u00edculo 68. Derecho a la Informaci\u00f3n. Todos los ni\u00f1os y adolescentes tienen derecho a recibir, buscar y utilizar todo tipo de informaci\u00f3n que sea acorde con su desarrollo y a seleccionar libremente el medio y la informaci\u00f3n a recibir, sin m\u00e1s l\u00edmites que los establecidos en la Ley y los derivados de las facultades legales que corresponden a sus padres, representantes o responsables. <\/p>\n<p>Art\u00edculo 81. Derecho a participar. Todos los ni\u00f1os y adolescentes tienen derecho a participar libre, activa y plenamente en la vida familiar, comunitaria, social, escolar, cient\u00edfica, cultural, deportiva y recreativa, as\u00ed como a la incorporaci\u00f3n progresiva a la ciudadan\u00eda activa. <\/p>\n<p>El Estado, la familia y la sociedad deben crear y fomentar oportunidades de participaci\u00f3n de todos los ni\u00f1os y adolescentes y sus asociaciones. <\/p>\n<p>Art\u00edculo 82. Derecho de Reuni\u00f3n. Todos los ni\u00f1os y adolescentes tienen derecho de reunirse p\u00fablica o privadamente con fines l\u00edcitos y pac\u00edficamente, sin necesidad de permiso previo de las autoridades p\u00fablicas. Las reuniones p\u00fablicas se realizar\u00e1n de conformidad con la Ley. <\/p>\n<p>Art\u00edculo 83. Derecho de Manifestar. Todos los ni\u00f1os y adolescentes tienen derecho de manifestar pac\u00edficamente y sin armas, de conformidad con la Ley, sin m\u00e1s limites que los derivados de las facultades legales que corresponden a sus padres, representantes o responsables. <\/p>\n<p>Art\u00edculo 84. Derecho de Libre Asociaci\u00f3n. Todos los ni\u00f1os y adolescentes tienen derecho de asociarse libremente con otras personas, con fines sociales, culturales, deportivos, recreativos, religiosos, pol\u00edticos, econ\u00f3micos, laborales o de cualquier otra \u00edndole, siempre que sean de car\u00e1cter l\u00edcito. Este derecho comprende, especialmente, el derecho a: <\/p>\n<p>a) Formar parte de asociaciones, inclusive de sus \u00f3rganos directivos; <\/p>\n<p>b) Promover y constituir asociaciones conformadas exclusivamente por ni\u00f1os, adolescentes o ambos, de conformidad con la Ley; <\/p>\n<p>Par\u00e1grafo Primero: Se reconoce a todos los ni\u00f1os y adolescentes el ejercicio personal y directo de este derecho, sin m\u00e1s l\u00edmites que los derivados de las facultades legales que corresponden a sus padres, representantes o responsables.<br \/>\nPar\u00e1grafo Segundo: A los efectos del ejercicio de este derecho, todos los adolescentes pueden, por si mismo, constituir, inscribir y registrar personas jur\u00eddicas sin fines de lucro, as\u00ed como realizar los actos vinculados estrictamente a los fines de las mismas. <\/p>\n<p>Par\u00e1grafo Tercero: Para que las personas jur\u00eddicas conformadas exclusivamente por adolescentes puedan obligarse patrimonialmente, deben nombrar, de conformidad con sus estatutos, un representante legal con plena capacidad civil que asuma la responsabilidad que pueda derivarse de estos actos. <\/p>\n<p>Art\u00edculo 85. Derecho de Petici\u00f3n. Todos los ni\u00f1os y adolescentes tienen derecho de presentar y dirigir peticiones por s\u00ed mismos, ante cualquier entidad o funcionario p\u00fablico, sobre los asuntos de la competencia de \u00e9stos y a obtener respuesta oportuna. <\/p>\n<p>Se reconoce a todos los ni\u00f1os y adolescentes el ejercicio personal y directo de este derecho, sin m\u00e1s l\u00edmites que los derivados de las facultades legales que corresponden a sus padres, representantes o responsables. <\/p>\n<p>Art\u00edculo 86. Derecho a Defender sus Derechos. Todos los ni\u00f1os y adolescentes tienen derecho a defender sus derechos por s\u00ed mismos. Se debe garantizar a todos los ni\u00f1os y adolescentes el ejercicio personal y directo de este derecho, ante cualquier persona, instancia, entidad u organismo. <\/p>\n<p>Art\u00edculo 87. Derecho a la Justicia. Todos los ni\u00f1os y adolescentes tienen derecho de acudir ante un tribunal competente, independiente e imparcial, para la defensa de sus derechos e intereses y a que \u00e9ste decida sobre su petici\u00f3n dentro de los lapsos legales. Todos los adolescentes tienen plena capacidad de ejercer directa y personalmente este derecho.<br \/>\nPara el ejercicio de este derecho, el Estado garantiza asistencia y representaci\u00f3n jur\u00eddica gratuita a los ni\u00f1os y adolescentes que carezcan de medios econ\u00f3micos suficientes. <\/p>\n<p>Art\u00edculo 88. Derecho a la Defensa y al Debido Proceso. Todos los ni\u00f1os y adolescentes tienen derecho a la defensa en todo estado y grado de cualquier proceso administrativo o judicial. Asimismo, tienen derecho al debido proceso, en los t\u00e9rminos consagrados en esta Ley y el ordenamiento jur\u00eddico. <\/p>\n<p>Art\u00edculo 89. Derecho a un Trato Humanitario y Digno. Todos los ni\u00f1os y adolescentes privados de libertad tienen derecho a ser tratados con la humanidad y el respeto que merece su dignidad como personas humanas. Asimismo, gozan de todos los derechos y garant\u00edas de los ni\u00f1os y adolescentes, adem\u00e1s de los consagrados espec\u00edficamente a su favor en esta Ley, salvo los restringidos por las sanciones impuestas. <\/p>\n<p>Art 6 LOE.  Tienen derecho a recibir una educaci\u00f3n conforme con sus aptitudes y<br \/>\nAspiraciones , adecuada a su vocaci\u00f3n y dentro de las exigencias del inter\u00e9s nacional o<br \/>\nlocal, sin ning\u00fan tipo de discriminaci\u00f3n por raz\u00f3n de la raza, del sexo, del credo, la<br \/>\nposici\u00f3n econ\u00f3mica y social o de cualquier otra naturaleza.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Derechos de los Alumnos Los siguientes art\u00edculos expresan directamente de acuerdo con la LOPNA y la&#8230;<\/p>\n","protected":false},"author":9,"featured_media":29232,"parent":65,"menu_order":0,"comment_status":"closed","ping_status":"open","template":"","meta":[],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/juanxxiii.e12.ve\/home\/wp-json\/wp\/v2\/pages\/7754"}],"collection":[{"href":"https:\/\/juanxxiii.e12.ve\/home\/wp-json\/wp\/v2\/pages"}],"about":[{"href":"https:\/\/juanxxiii.e12.ve\/home\/wp-json\/wp\/v2\/types\/page"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/juanxxiii.e12.ve\/home\/wp-json\/wp\/v2\/users\/9"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/juanxxiii.e12.ve\/home\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=7754"}],"version-history":[{"count":2,"href":"https:\/\/juanxxiii.e12.ve\/home\/wp-json\/wp\/v2\/pages\/7754\/revisions"}],"predecessor-version":[{"id":7756,"href":"https:\/\/juanxxiii.e12.ve\/home\/wp-json\/wp\/v2\/pages\/7754\/revisions\/7756"}],"up":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/juanxxiii.e12.ve\/home\/wp-json\/wp\/v2\/pages\/65"}],"wp:featuredmedia":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/juanxxiii.e12.ve\/home\/wp-json\/wp\/v2\/media\/29232"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/juanxxiii.e12.ve\/home\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=7754"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}